a) Consejo Escolar.
- El Consejo Escolar está regulado por el Real Decreto 82/1996, de 26 de enero. Se trata del órgano de participación de los diferentes miembros de la Comunidad Educativa.
El organigrama del Consejo Escolar es el siguiente:
El Consejo Escolar constituirá una comisión de convivencia en la forma en que se determine en el reglamento de régimen interior, en la que, al menos, estarán presentes el Director, un maestro y un padre de alumno, elegidos por cada uno de los sectores. Las competencias estarán especificadas en el reglamento de régimen interior.
b) Claustro de Profesores.
El Claustro es el órgano propio de participación de los maestros en el Centro.
El Claustro está presidido por el Director/a y está integrado por la totalidad de maestros/as que presten servicios docentes en el Centro.
- El claustro, es el órgano de participación de los maestros en el centro
- Tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre todos los aspectos docentes del mismo.
- El claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores.
- Se reunirá como mínimo una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director, o lo solicite al menos un tercio de sus miembros. Será preceptiva además, una sesión al principio del curso y otra al final del mismo.
- La asistencia es obligatoria para todos sus miembros.
- El orden del día será firmado por el Director/a con 48 horas como mínimo de antelación.
COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO
- Formular propuestas al equipo directivo para la elaboración del proyecto educativo y la programación general anual.
- Elegir a sus representantes en el consejo escolar.
- Conocer las candidaturas a la dirección y los programas presentados por los candidatos.
- Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
- Participar en la planificación de la formación del profesorado del centro.
- Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.
- Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los profesores.
- Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar, a través de los resultados de las evaluaciones.